Préstamo bonificado IVF-AFIN Invierte Gran Empresa Turística

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Otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de operaciones de inversión previstas para su realización durante el ejercicio 2022. Los proyectos se adecuarán indistintamente tanto al régimen de Minimis como al Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas.

Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación serán los siguientes:

Actuaciones subvencionables

  • Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos.
  • Adquisición de participaciones empresariales.
  • Adquisición o elaboración propia de activos intangibles.

Ámbito: Nacional

Presupuesto: 5.000.000 €

Plazo de solicitud: Desde el 27/01/2022 hasta el 01/06/2022

Organismo: Institut Valencià de Finances

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial

Gran empresa con antigüedad mínima de cinco años, que opere necesariamente en el sector “Servicios de Alojamiento”, con código 55 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009) y cuyo domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad este en la Comunidad Valenciana

Al amparo de esta convocatoria el Institut Valencià de Finances podrá otorgar financiación a terceros por un importe máximo de 30.000.000 euros. Esta convocatoria financia un importe inferior o igual a 5.000.000€ con un tramo NO reembolsable del 20%.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PRÉSTAMOS

  • El valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión objeto de financiación.
  • El préstamo del IVF podrá financiar hasta el 100% del valor de las cuotas participativas necesarias para contratar el aval, así como el 100% de los gastos indirectos necesarios para optar a la financiación.
  • El plazo de amortización de la financiación bonificada se situará entre un mínimo de cinco años y un máximo de 10.
  • El tipo de interés de la financiación se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0%, y el margen de
    riesgo de crédito del 1%.
  • Las liquidaciones de intereses serán trimestrales, los días 15 de marzo, junio, septiembre y diciembre.
  • En las operaciones otorgadas al amparo de esta Convocatoria no se aplicarán comisiones de apertura ni cancelación de los préstamos

A efectos del cálculo de la ayuda y de los gastos financiables elegibles, todas las cifras empleadas se entenderán antes de cualquier deducción fiscal u otras cargas

  • Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización en la producción de los bienes y servicios que constituyen la actividad
    principal de la empresa.
  • Adquisición y construcción de naves industriales, e instalaciones técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.
  • Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red
  • Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
  • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
  • Mobiliario.
  • Gastos de consultoría y calificación crediticia externa incurridos para solicitar la financiación en el marco de esta Convocatoria.
  • Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones
    informáticas.
  • Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de
    acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa

teléfono, agua o electricidad.

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