CONVOCATORIA: Unidades de Innovación |
PLAZO DE SOLICITUD: Pendiente de publicación. Se prevé fecha inicio finales de marzo y fecha de cierre 16 de junio de 2020 |
ENTIDAD CONVOCANTE: Consejería Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, Andalucía |
OBJETIVO:
Este programa, uno de los tres que componen la Orden de Bases para el fomento de la Investigación Industrial, el Desarrollo Experimental e Innovación Empresarial, es el que incluye las Unidades de Innovación Conjunta. Busca incrementar el desarrollo de proyectos en Agrupación entre las empresas y entre estas y los organismos de investigación, al objeto de crear alianzas estables que mejoren la competitividad de las empresas y fortalezcan el ecosistema de innovación. Se incentivarán proyectos de Investigación Industrial desarrollados de manera conjunta. La Convocatoria establecerá un presupuesto mínimo (1.500.000 €). Las Unidades de Innovación Conjunta han de estar alineadas con la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020, conocida como la RIS3. |
BENEFICIARIO
Las Unidades de Innovación Conjunta estarán formadas por una única empresa NO PYME y un organismo de investigación y difusión de conocimientos que fortalezcan la cooperación entre dichos organismos y el tejido empresarial al objeto de desarrollar de manera conjunta y coordinada actividades de I+D+I.
Es una alianza a medio-largo plazo (3 años), en el que ambas entidades comparten riesgos y recursos para superar un reto tecnológico común al objeto de, en caso de éxito, recibir una retribución comercializando de una u otra manera los resultados.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención a fondo perdido.
La Convocatoria establecerá un máximo de ayuda (2.000.000 €). La empresa No PYME ha de tener al menos un porcentaje del 50% del presupuesto.
El Organismo de Investigación ha de tener al menos un 10% del presupuesto.
La ayuda máxima de un proyecto vendrá determinada por el porcentaje de ayuda que se otorga (60% sobre la inversión subvencionable), con un máximo de 2M€ que cuenta la convocatoria. Por tanto, un proyecto de 3,33M€ recibirá una ayuda de 2M€. Si el presupuesto subvencionable es superior a 3,33M€, el porcentaje de ayuda recibida será inferior al 60%, al no poderse superar el presupuesto consignado para cada prioridad. SI el presupuesto alcanza solo el presupuesto mínimo (1,5M€) la ayuda será de 900.000 €. Entre ambos rangos (0,9M€ y 2 M€) se encontrará la ayuda a recibir por cada proyecto subvencionado.
GASTOS FINANCIABLES
- Gastos de Personal.
- Costes del instrumental y material.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes.
- Gastos generales suplementarios.
- Otros gastos de explotación adicionales.