Relocalización de actividad productiva e inversión del sector industrial y de servicios a la producción

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Ayudas para proyectos de relocalización de actividad productiva a Cataluña y proyectos de inversión del sector industrial y de servicios a la producción.

Actuaciones subvencionables

    • Proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización.
    • Proyectos que incorporen a centros productivos existentes puestos de trabajo afectados por situaciones de cierre, reducción de actividad o deslocalización, acordado en el marco del procedimiento del período de consultas del expediente de regulación de empleo entre empresa y representantes sociales.
    • Proyectos para la realización de inversiones industriales en activos fijos en Cataluña y/o que a la vez comporten un incremento neto de puestos de trabajo (importe mínimo de 3.000.000,00 € en Cataluña y/o que comporten un incremento neto mínimo de 25 puestos de trabajo)
    • Proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en situación de dificultad que hayan comunicado esta situación al Departamento de Empresa y Trabajo mediante la presentación del formulario habilitado en la siguiente dirección: http://canalempresa.gencat.cat/ca/integraciodepartamentaltramit/tramit/PerTemes/Comunicacio-de-situacionsde- dificultad-empresarial-en-lambito-industrial
    • Realización de análisis de oportunidades empresariales para conseguir alianzas estratégicas, fusiones y adquisiciones entre empresas del sector industrial. Estos análisis tendrán que contemplar el análisis de mercado, producto y/o territorio, el análisis económico, financiero, fiscal y jurídico de la operación, así como los documentos de cierre de las operaciones en caso de que se produzcan.

     

Características de las ayudas

  • Las ayudas reguladas en estas bases se pueden acumular con ayudas que entren en el ámbito de aplicación de los Reglamentos de minimis o de los Reglamentos de Exención para Categorías
  • Ayudas sujetas al régimen de minimis.
  • El plazo de ejecución de los proyectos será desde el 1 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Ámbito: Cataluña

Plazo de solicitud: Hasta el 23 de mayo de 2022

Organismo: Agencia para la competitividad de la empresa, Cataluña

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial

Empresas que desarrollen alguno de los proyectos de la base La CCAE (Clasificación catalana de actividades económicas) del proyecto desarrollado, que tendrá que ser industrial o de servicios a la producción, tendrá que estar incluido en la lista de CCAE.

  • En el caso de proyectos de servicios a la producción, hace falta que el sector industrial represente más del 50% de su facturación.
  • Tener sede social, operativa o ser de nueva implantación en Cataluña.
  • Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social. No tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.

Ayudas en formas de subvención en concurrencia competitiva con un presupuesto total de 20.000.000 de euros con importe máximo de la ayuda será de 2.300.000 euros por proyecto.

  • 10% del valor de los activos asumidos dentro del proyecto para los activos fijos.
  • 10.000 euros por puesto de trabajo creado con coste salarial bruto superior a 40.000 euros;
  • 7.500 euros por puesto de trabajo creado con un coste salarial bruto igual o inferior a 40.000 euros.
  • El gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada a que se refiere la base 5.3 de este anexo se podrá subvencionar con una intensidad del 100% con un máximo de 1.500,00 euros.
  • El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es del 50% del gasto considerado
  • Gastos de personal contratado de acuerdo con el proyecto presentado.
  • Inversión en activos fijos del establecimiento productivo. Los activos fijos subvencionables se deberán incluir en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 5 años desde la fecha de finalización del proyecto, no pudiendo la empresa beneficiaria aplicar en el indicado periodo ninguna medida que suponga el cese de la actividad.
  • Gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo y las condiciones que se determinen en estas bases y la convocatoria correspondiente