CONVOCATORIA: Proyectos estratégicos de I+D |
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 03/04/2020 |
ENTIDAD CONVOCANTE: Dir Gral de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3, Navarra |
OBJETIVO:
Se pretende subvencionar proyectos correspondientes a los siete retos objeto de esta convocatoria:
La finalidad de estas ayudas es fomentar la realización de proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental de carácter estratégico para Navarra, que estén alineados con la estrategia de investigación e innovación europea Horizonte 2020 y que presenten soluciones innovadoras a algunos de los retos que se le presentan a la sociedad. Se trata de promover el desarrollo de nuevas tecnologías buscando su materialización en la creación de nuevos productos y servicios. El presupuesto mínimo del proyecto será de 1.000.000 euros. Esta convocatoria tiene un presupuesto total de 16.000.000 €. |
BENEFICIARIO
Empresas, agentes ejecutores de I+D+i registrados en el Sistema Navarro de I+D+i, (en adelante SINAI) y los organismos de investigación y difusión
de conocimientos que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo las actividades subvencionadas.
- No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
- No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas
discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos. - En el caso de las empresas: estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
- En el caso de los agentes de ejecución del SINAI y los organismos de investigación y difusión de conocimientos: aquellos que realicen actividades económicas y no económicas, deberán disponer de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
a) En el caso de las empresas, la intensidad será la siguiente según el tamaño de las mismas:
Calificación del proyecto | Intensidad de la ayuda | ||
Pequeña | Mediana | Grande | |
Investigación industrial | 65% | 55% | 45% |
Desarrollo experimental | 55% | 45% | 35% |
Además, en el caso de proyectos que sean cofinanciados con el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), las intensidades serán las siguientes:
Calificación del proyecto | Intensidad de la ayuda | ||
Pequeña | Mediana | Grande | |
Proyecto cofinanciado con CDTI | 20% | 15% | 10% |
b) En el caso de los agentes del SINAI o los organismos de investigación y difusión de conocimientos, la intensidad de la ayuda podrá ser de hasta el 100% siempre que se trate de actividades no económicas, según la definición establecida en la sección 2.1.1 del Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2014/C 198/01).
En el caso de que la contabilidad del organismo no permita distinguir entre actividades económicas y no económicas, la intensidad de ayuda máxima será la especificada para las empresas en el cuadro del apartado a).
GASTOS FINANCIABLES
- Para las empresas, agentes del SINAI y los organismos de investigación y difusión de conocimientos no incluidos en el apartado 1.2 siguiente:
- Gastos de personal (personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar) directamente dedicado al proyecto, en la medida y durante el periodo en que se dedique al mismo. El coste horario máximo subvencionable será de 40 euros.
- Gastos de los materiales empleados en el proyecto: materias primas y otros aprovisionamientos. Si dichos materiales se adquieren para emplearlos también en otras actividades, deberá haber un criterio de reparto debidamente justificado en función de la cantidad empleada en las actividades del proyecto.
- Gastos de amortización de equipos, de patentes y de modelos de utilidad, en la medida y durante el periodo en que esos elementos patrimoniales se utilicen para el proyecto.
- Gastos de colaboraciones externas de Universidades, Centros Tecnológicos y otras empresas que realicen tareas de I+D relativas al proyecto y aporten conocimientos técnicos.
- Gastos derivados del uso de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) de ámbito regional, nacional o europeo.
- Gastos de solicitud de las patentes generadas por el proyecto. Este gasto no será subvencionable para las grandes empresas.
- Otros gastos directamente relacionados con el proyecto y aplicados efectivamente a su realización, siempre que puedan identificarse como específicamente empleados en dicho proyecto y que puedan asignarse individualmente a éste
2. En el caso de agentes del SINAI y organismos de investigación y difusión de conocimientos que sean organismos públicos:
Se subvencionarán los gastos indicados en el apartado 1.1, a excepción de los gastos de personal propio de la letra a), aunque estos gastos deberán incluirse obligatoriamente en el presupuesto del proyecto para que computen en relación a los requisitos de cuantía y de participación.
Sí será subvencionable la contratación de personal para la ejecución del proyecto.
Así mismo, para los proyectos del reto 3 se consideran subvencionables los gastos debidos a la intensificación de personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea que participe en el proyecto, conforme a lo regulado por el Departamento de Salud a través de sus convocatorias anuales.
3. Los agentes del SINAI o los organismos de investigación y difusión de conocimientos podrán imputar como coste indirecto hasta el 25% de los costes directos. Estos costes indirectos en que se haya incurrido durante la ejecución de los proyectos, estarán basados en costes reales imputables a la ejecución de la operación en cuestión, de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas, o bien en costes medios reales imputables a operaciones del mismo tipo.
En el caso de los prototipos fabricados en el curso del proyecto de I+D que se comercialicen o se empleen en la actividad productiva, el coste de los materiales utilizados en su fabricación no formará parte de los gastos subvencionables.
También se descontarán de los gastos del proyecto los ingresos obtenidos por la venta o aprovechamiento productivo de subproductos, residuos y materiales de recuperación obtenidos.
El periodo de ejecución de los proyectos será:
- Fecha de inicio: posterior a la presentación de la solicitud de la ayuda.
- Fecha de finalización: hasta el 31 de diciembre de 2023.