Los proyectos objeto de la convocatoria serán proyectos de I+D empresarial en cooperación. Deberán encuadrarse en una de las seis misiones identificadas a continuación, de modo que los objetivos establecidos en los mismos se orienten hacia uno o más de los ámbitos de mejora propuestos para cada misión. No obstante, los proyectos presentados podrán proponer nuevos objetivos adicionales complementarios a los ya definidos, siempre que sean coherentes con la misión seleccionada.

  • Contribuir al desarrollo de una industria avanzada y competitiva explotando las posibilidades de tres tecnologías profundas: Inteligencia Artificial (IA), incluido el Machine Learning (ML), nuevos materiales y biotecnología industrial.
  • Impulsar la seguridad de la información y la ciberseguridad en la industria y la economía española.
  • Contribuir a la transición energética en España y al desarrollo de las energías del siglo XXI.
  • Impulsar el desarrollo de un sector agroalimentario y ganadero avanzado, sostenible y preparado ante el cambio climático y que realiza un uso relevante de herramientas biotecnológicas.
  • Impulsar una gestión avanzada de los Recursos Hídricos.
  • Impulsar nuevos sistemas para la prevención y lucha contra incendios forestales basados en el uso de tecnologías avanzadas.

Los proyectos presentados por la agrupación CDTI deberán cumplir siguientes requisitos

Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 3.000.000 euros y un presupuesto elegible máximo de 10.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 5%.
Duración: los proyectos tendrán una duración de 3 o 4 años deberán ser plurianuales. La fecha de inicio de los mismos será el 1 de enero de 2024. 

La ayuda concedida en el marco de esta convocatoria es incompatible, durante su período de ejecución, con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico, con idénticos objetivos y finalidad

Ámbito: Nacional

Plazo de solicitud: Desde el 3 de julio y finalizará el día 28 de julio de 2023

Organismo: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)

Naturaleza de proyecto: I+D+i

Agrupaciones de personas jurídicas, que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación.

Las agrupaciones de la convocatoria de Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (en adelante, CDTI) deberán estar constituidas por empresas, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España. 

Para que un proyecto presentado por una agrupación CDTI obtenga financiación en esta convocatoria será requisito imprescindible que el proyecto presentado por la agrupación Agencia Estatal de Investigación (en adelante AEI), que forma parte de la actuación coordinada de I+D, obtenga, a su vez, financiación por parte de la AEI en la convocatoria 2023 ayudas a proyectos de investigación en líneas estratégicas en colaboración entre organismos de investigación y difusión de conocimientos en el marco de la “Iniciativa TransMisiones 2023”.

Requisitos para la agrupación

Tamaño de la agrupación beneficiaria: cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas entre sí.
Composición de la agrupación: la empresa representante de la agrupación CDTI, en los términos del artículo 3 de esta convocatoria, deberá tener la consideración de gran empresa o mediana, y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o mediana empresa (pyme)

Las ayudas de la convocatoria consistirán en subvenciones. Con las intensidades que aparecen en la tabla:

Tipología de proyectoIntensidad máxima
Pequeña empresaMediana empresaGran empresa
Investigación Industrial 70%60%50%
a) Colaboración con empresas o entre una empresa y un organismo de investigación, o
b) amplia difusión de los resultados.
80%75%65%
Desarrollo experimental 45%35%25%
a) Colaboración con empresas o entre una empresa y un organismo de investigación, o
b) amplia difusión de los resultados.
60%50%40%

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias.

  1. Costes de personal: Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa.
  2. Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
  3. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada, salvo las de actividades de consultoría para el apoyo en las labores de coordinación del representante de la agrupación, con un límite máximo de 15.000 euros por anualidad.
  4. Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que deriven directamente del proyecto.
  5. El gasto derivado del informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta 1.500 euros por beneficiario y anualidad

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