Ciberseguridad Industrial

  1. Inicio
  2. |
  3. Subvenciones y créditos
  4. |
  5. Ciberseguridad Industrial

El objeto del Programa es impulsar la Ciberseguridad Industrial, especialmente proyectos que aborden la convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology) en empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial.

Los recursos económicos destinados al objeto de este Programa para la concesión de ayudas en 2022, ascienden a la cantidad de 3.500.000 euros.

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los proyectos relacionados con la Ciberseguridad Industrial en empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, en las siguientes áreas:

  1. Convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology). Diseño y ejecución de arquitecturas seguras y en su caso materialización de la segmentación de redes industriales.
  2. Securización de los accesos remotos OT a los equipos industriales de la planta productiva requeridos para el mantenimiento de equipo, control y operación de los mismos, tareas realizadas cada vez con más frecuencia de manera remota.
  3. Securización de la información/datos industriales. Auditorías y simulaciones de ataques por personas externas a la organización y auditorias sobre perfiles internos con diferentes niveles de accesos a datos de la compañía.
  4. Evaluación de la ciberseguridad del software industrial en las plantas productivas y mejora del mismo.
  5. Iniciativas para la concienciación y/o capacitación de la plantilla de la empresa industrial en el ámbito de ciberseguridad.
  6. Diagnóstico de situación actual de la industria en materia de ciberseguridad industrial y elaboración de su plan de acción para la mejora de la Ciberseguridad. Análisis de riesgo industrial y de vulnerabilidad industrial. Inventario de los diferentes elementos en un sistema crítico industrial. Realización de un test de intrusión industrial. Análisis de vulnerabilidades en aplicaciones web. Auditorias de las comunicaciones inalámbricas industriales.
  7. Adopción de buenas prácticas recogidas en estándares de Ciberseguridad industrial (por ejemplo, IEC 62443 o equivalentes) u otros estándares de gestión de la Ciberseguridad (por ejemplo, ISO 27001 o equivalentes) ampliamente reconocidos, así como reglamento o leyes en vigor de obligado cumplimiento. Adaptación al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad (Real Decreto 3/2010), Reglamento PIC (Real Decreto 704/2011). Mejora continua del proceso de gestión de ciberseguridad mediante el despliegue de medidas específicas o evolución de las mismas a niveles de madurez superiores a los preexistentes.
  8. Medidas de protección de información estratégica o sensible como puedan ser la propiedad intelectual, estrategias de I+D+i, planos de edificios o de diseño de productos, información afectada por el RGPD o cualquiera otra directamente relacionada con la competitividad y sostenibilidad del negocio. (ejemplo de medidas: cifrado del almacenamiento, control de acceso, control de distribución de copias, borrado seguro, etc.).
  9. Monitorización de dispositivos de seguridad perimetral y de otros dispositivos industriales (Switches, sondas, Appliances, firewalls industriales, PLCs, etc.).
  10. Otros proyectos que incrementen de manera significativa el nivel de ciberseguridad de las empresas industriales y reduzcan el riesgo y la vulnerabilidad ante los diferentes tipos de ataques existentes.

Ámbito: País Vasco

Presupuesto: 3.500.000 €

Plazo de solicitud: Desde el 25/02/2022 hasta el 14/11/2022

Organismo: SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i

Empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, así como las empresas matrices de los grupos industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que en su conjunto cumplan con las características citadas, teniendo en cuenta su situación económica consolidada, y que presenten proyectos para la ejecución de las actuaciones subvencionables. Todo ello siempre que:

  1. Dispongan de un centro de actividad industrial o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, centro en el que el proyecto presentado deberá tener impacto y en el que se realizará la actividad subvencionable.
  2. Figuren de alta el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco

El Presupuesto total presentado por la entidad solicitante deberá necesariamente contemplar al menos un 20 % para labores de Consultoría y/o Ingeniería. En caso de destinarse un importe menor del 20 % del Presupuesto total presentado a labores de Consultoría y/o Ingeniería, se realizará un ajuste en el resto de partidas (Hardware y Software), reduciendo el Presupuesto total presentado, con el objetivo de que la partida para las labores de Consultoría y/o Ingeniería signifique al menos un 20 % del Presupuesto total presentado.

La subvención propuesta se incrementará en un 5 % adicional, sin superar el límite máximo de las ayudas, si la empresa cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • Disponer del Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística Bikain como acreditación del uso, presencia y gestión del euskera en la empresa.
  • Disponer de un Plan de Igualdad, únicamente en el caso de las empresas de 50 personas o menos de plantilla, dado que las de mayor tamaño están obligadas a tenerlo por ley.
  • Que se trate de proyectos que implementen el uso de Software en Euskera dentro del marco de las actuaciones subvencionables de este programa.

El porcentaje de subvención sobre los «presupuestos de gastos e inversiones máximos aceptados» para el proyecto por cada uno de los tres conceptos subvencionables, (según se describe en este mismo artículo) será del 50 %.

La subvención máxima anual por empresa beneficiaria para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software asociados al proyecto será de 18.000 euros para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio.

  • 1.– Tendrán la consideración de gastos y/o inversiones elegibles los de consultoría, ingeniería, hardware y software vinculados con las actuaciones susceptibles de recibir ayuda y que cumplan los siguientes requisitos:

    • Devengados o facturados a partir de la presentación de la Solicitud de Ayuda en SPRI y durante el plazo establecido para la ejecución del proyecto. Se admitirán gastos devengados o facturados antes de la presentación de la Solicitud de Ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de 2022, siempre que estas Solicitudes sean presentadas dentro de los dos meses contados a partir de la fecha de la publicación de esta normativa en el Boletín Oficial del País Vasco.
    • Realizados por empresas expertas externas.

    2.– Para proyectos que contemplen la implantación de aplicaciones de gestión en formato tipo SAAS (Software as a service), también podrá ser considerado como gasto elegible el coste imputable a este tipo de servicio, durante un plazo máximo de 12 meses, siempre que cumplan las condiciones descritas en este artículo y que estén incluidos en la tipología de proyectos susceptibles de recibir ayudas.

    3.– No tendrá la consideración de gasto elegible el Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido en factura.

    4.– No tendrán la consideración de gastos e inversiones elegibles trabajos realizados por el propio solicitante, los gastos de desplazamiento del consultor, la elaboración de materiales didácticos y el alquiler de salas, dietas y similares. Estos gastos deberán figurar de forma separada en el concepto de las facturas.

    5.– Las empresas externas expertas deben cumplir las siguientes condiciones:

    • No tener la consideración de Sociedades Públicas, Entidades de Derecho Público, Asociaciones o Colegios Profesionales ni formar parte de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación
    • No tener vinculación, vía acciones o participaciones, directa o indirectamente, con la solicitante de la ayuda.
    programa.
  • El gasto derivado del informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuando se requiera su aportación en la fase de justificación.

Costes indirectos

Entendidos como gastos que no están vinculados o no pueden vincularse directamente con una actividad específica en cuestión: Gastos de teléfono, agua o electricidad.