Préstamo participativo IVF

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Préstamo para impulsar el crecimiento de empresas de reciente creación, priorizando la innovación, a través de la coinversión junto a otros inversores privados en proyectos de la Comunitat Valenciana.

Actuaciones subvencionables

  • Desarrollar el proyecto con sujeción al plan de negocio presentado y comunicar la modificación de cualquier circunstancia relativa al mismo.

  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos.

Características de las ayudas

Las inversiones no podrán iniciarse antes de la fecha de presentación de solicitud de ayuda.

Las ayudas estatales exentas en virtud del RGEC no se acumularán con ayudas de minimis relativas a los mismos costes subvencionables.

Ámbito: Comunidad de Valencia

Plazo de solicitud: Desde el 21/07/2022 hasta agotamiento de fondos

Organismo: Instituto Valenciano de finanzas IVF

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial

Microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) con las siguientes características:

  • Disponer de un establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana.
  • No estar cotizada en ningún mercado organizado.
  • Tener una antigüedad mínima de 4 meses contada desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil y hasta la fecha de recepción de la solicitud de financiación.
  • Llevar operando en cualquier mercado menos de siete años a partir de su primera venta comercial.
  • Contar con al menos un trabajador en la Comunidad Valenciana consignado en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social o documento equivalente, o acreditar que el Administrador de la empresa esté dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
  • Acreditar estar al corriente con sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Importe: entre 75.000 y 300.000 euros por pyme financiada, sujeto al importe de la conversión por parte de inversores privados

Plazo: máximo de 7 años.

Carencia para la amortización de capital: hasta 3 años.

Tipo de Interés: El tipo de interés nominal de la operación se obtiene como lasuma de

  • El tipo de interés EURIBOR para depósitos a un año, con un valor mínimo igual 0%.
  • El margen financiero del ejercicio, equivalente a la rentabilidad financiera registrada por el prestatario durante el ejercicio en que se liquidan los intereses, con un valor mínimo igual al 3% y un valor máximo igual al 9%.

Comisión por cancelación anticipada: 10% de la cuantía amortizada.

Sectores: todos, excepto los expresamente excluidos en el apartado de Sectores excluidos.

Amortizaciones: trimestrales, a partir de la finalización de la carencia.

Serán elegibles proyectos empresariales innovadores de productos, servicios o procesos, desarrollados por pymes con establecimiento o sucursal de producción o desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.

  • Activos materiales, tales como terrenos, edificios e instalaciones, maquinaria y equipos.
  • Activos inmateriales, que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
  • Capital de explotación derivado de planes de crecimiento que mejoren la posición competitiva de la empresa, su internacionalización, consolidación empresarial y creación de empleo.

Buscador de ayudas

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