CONVOCATORIA: Neotec Mujeres Emprendedoras |
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 17/02/2022 hasta el 19/04/2022 |
ENTIDAD CONVOCANTE: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) |
OBJETIVO: Ayudas para nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres. Los proyectos financiables serán los siguientes:
CARACTERÍSTICAS: Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC, sin embargo, podrán ser compatibles con otras ayudas procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europea. Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. |
BENEFICIARIO
Pequeñas empresas, menos de 50 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros y que cumplan además los requisitos para considerarse empresa innovadora:
- Que pueda demostrar, mediante una evaluación realizada por un experto externo, que desarrollará, en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
- O cuyos costes de investigación y desarrollo representen un mínimo del 10% del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda o, si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, según la auditoría del ejercicio fiscal en curso, de conformidad con la certificación de un auditor externo.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir asimismo los siguientes requisitos:
- Ser empresas lideradas por mujeres: el órgano de administración de la empresa deberá estar integrado mayoritariamente por mujeres y las mujeres deberán tener la mayoría del capital social de la empresa o una participación relevante en el proyecto objeto de la ayuda.
- No estar cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
- Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la esta convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
- Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
- Ayudas en forma de subvención en régimen de concurrencia competitiva con un presupuesto de 5.000.000 de euros.
- La financiación concedida alcanzará hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por entidad beneficiaria.
- La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros y deberá iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, podrá finalizar el 31 de diciembre de 2023.
- La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable.
- La entidad beneficiaria podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 euros
GASTOS FINANCIABLES
- Inversiones en equipos.
- Gastos de personal con contrato laboral.
- Personal autónomo que ejerza las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador
- Materiales.
- Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto ola certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
- Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor.