CONVOCATORIA: Línea de financiación bonificada REACTIVA FEDER |
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 31/12/2023 |
ENTIDAD CONVOCANTE: Instituto Valenciano de la finanzas – IVF |
OBJETIVO: Ayudas en forma de préstamos bonificados para la financiación de pequeñas y medianas empresas que tengan, al menos, un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana. Proyectos subvencionables Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación bonificada objeto de esta Convocatoria tendrán por finalidad las siguientes actuaciones:
Requisitos de la ayuda
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BENEFICIARIO
Personas físicas o jurídicas
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
El valor nominal del préstamo se situará entre 20.000 euros y 5.000.000 euros.
Sin perjuicio de lo establecido en el punto 10.1, en caso de que la financiación tenga por objeto la adquisición o elaboración propia de activos fijos de naturaleza material o inmaterial,
- El valor nominal del préstamo no podrá superar, el 80% del valor de la inversión realizada; si bien, los gastos de consultoría necesarios para optar a la financiación en el marco de esta Convocatoria podrán financiarse íntegramente.
- El valor nominal del préstamo no podrá ser superior a 500.000 euros si el solicitante es una microempresa, una comunidad de bienes o una sociedad civil, con arreglo a la definición del anexo I de esta convocatoria.
- El valor nominal del préstamo no podrá ser superior a 100.000 euros si el solicitante es un trabajador autónomo.
En las operaciones de sostenimiento del capital circulante, el importe máximo financiable será de 1.000.000 euros.
El tipo de interés de las operaciones será fijo, ascendiendo al al 2,03 % para operaciones.
Las liquidaciones de intereses serán trimestrales, los días 15 de marzo, junio, septiembre y diciembre.
GASTOS FINANCIABLES
- Adquisición y construcción de naves industriales, locales e instalaciones para el desarrollo de la actividad principal de la empresa, incluyendo la adquisición y acondicionamiento de terrenos siempre que su valor de tasación no supere el 20% del coste total estimado para el proyecto de inversión.
- Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
- Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
- Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.