Innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES

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Facilitar la financiación de los proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES de Castilla y León.

Se consideran proyectos subvencionables la prestación de los servicios técnicos dirigidos a:

a) La asistencia técnica para la protección de derechos de propiedad industrial, tanto innovaciones técnicas (que pueda referirse a cualquiera de las etapas que transcurren desde la solicitud hasta la obtención o renovación de patentes y modelos de utilidad) como innovaciones de diseño (diseño industrial).

b) La asistencia técnica para facilitar el acceso a las deducciones fiscales por la realización de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) e Innovación Tecnológica (IT) consistente en:

Informes motivados acerca del contenido en I+D e IT de las actividades, y los gastos e inversiones asociados a las mismas.
II. Consultas vinculantes acerca de la naturaleza de I+D e IT de los proyectos.
III. Acuerdos previos de valoración de los gastos imputables a actividades de I+D e IT.

c) Asesoramiento en materia de innovación y servicios de apoyo dirigidos a implantar.

Innovación en procesos, organización y/o diseño de producto (incluyendo envases y embalajes).
II. Innovación a través de sistemas de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva.
III. Innovación y certificación en ciberseguridad y confianza digital.
IV. Innovación de aplicación en cualquiera de las áreas de negocio de las PYMES.

d) Asistencia técnica para la innovación en los procesos de gestión y /organización de las Pymes a través de sistemas de Implantación de soluciones de computación en la nube (Cloud Computing).

Ámbito: Castilla y León

Presupuesto: 600.000 €

Plazo de solicitud: Abierta, hasta publicación de cierre de convocatoria

Organismo: Consejería de Economía y Hacienda, Castilla y León

Naturaleza de proyecto: I+D+

Los autónomos y PYMES que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León.

Porcentaje de ayuda de hasta el 75% sobre el coste subvencionable, en función de la localización del proyecto. €.

Se presentará una única solicitud de pago por cada empresa beneficiaria.

En el caso de asistencia técnica para la protección de derechos de propiedad industrial, tanto innovaciones técnicas como innovaciones de diseño (diseño industrial).

a) Los costes de consultoría para la obtención o renovación de las patentes o modelos de utilidad o registro de diseño industrial, incluidos los relativos a la preparación, presentación y tramitación de la solicitud (en cualquiera de sus etapas) y los ocasionados por la renovación.
b) Los costes de traducción en los que se haya incurrido para obtener el derecho.
c) Los costes de defensa de la validez del derecho durante la tramitación formal de la solicitud y, en su caso, los costes de los procedimientos de oposición, incluso los ocasionados con posterioridad a la concesión del derecho.
d) Los conceptos de gasto descritos en los epígrafes anteriores serán subvencionables, en todo caso, en la medida que estén ligados de manera específica e inequívoca a la obtención de una patente, que deberá estar detallada y descrita en la memoria técnica presentada junto con la solicitud inicial.

En el caso de asistencia técnica para facilitar el acceso a las deducciones fiscales por la realización de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) e Innovación Tecnológica (IT).

a) Gastos de consultoría para:
1) preparar la solicitud, a la Administración Tributaria, del acuerdo previo de valoración de los gastos imputables a actividades de I+D e IT.
2) preparar la solicitud, a la Administración Tributaria, de consultas vinculantes acerca de la naturaleza de I+D e IT de los proyectos.
3) preparar la solicitud al Ministerio con competencias en la materia u organismos adscritos, del informe motivado acerca del contenido en I+D e IT de las actividades, y los gastos e inversiones asociados a las mismas.

b) El coste de elaboración del informe técnico realizado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), de calificación de las actividades e identificación de los gastos e inversiones asociados a I+D e IT. Dicho informe de certificación deberá realizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

En el caso de asesoramiento en materia de innovación y servicios de apoyo dirigidos a la innovación en procesos, en organización y/o en diseño de producto (incluyendo envases y embalajes), la innovación a través de sistemas de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva, la innovación y certificación en ciberseguridad y confianza digital y /o la innovación de aplicación en cualquiera de las áreas de negocio de las PYMES, se subvencionarán los gastos de consultoría externa necesarios para su implantación.

Asistencia técnica para la innovación en los procesos de gestión y organización de las Pymes a través de sistemas de implantación de soluciones de computación en la nube (Cloud Computing):

c) Gastos de consultoría para la personalización acorde a las necesidades de las empresas de las soluciones Cloud a integrar.
d) La implantación de las soluciones integradas Cloud (incluyendo el proyecto de migración).
e) La puesta a disposición del servicio que incluya: soporte técnico y el coste del servicio Cloud (Software as a Service) por un período máximo que se establecerá en la convocatoria.
El beneficiario debe presentar la solicitud de subvención antes de comenzar a trabajar en el proyecto.

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