CONVOCATORIA: Innobideak 2020 |
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 16/06/2020 hasta el 24/09/2020 |
ENTIDAD CONVOCANTE: SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial |
OBJETIVO:
El programa Innobideak tiene por objeto apoyar actuaciones desplegadas a través de las tres líneas siguientes: Innobideak- Pertsonak (fomento de la participación de las personas trabajadoras en la empresa, avance hacia nuevos modelos de gestión de las personas, planificación de la sucesión en la gestión y/o propiedad en la empresa e identificación de las habilidades necesarias de los equipos de cara a la incorporación de nuevas tecnologías y habilitadores digitales en la industria 4.0) Innobideak-Kudeabide (orientado a la mejora en la gestión empresarial). |
BENEFICIARIO
Deben cumplir entre otros los siguientes requisitos:
- Disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco conforme a lo descrito en el apartado b.–, centro en el que el proyecto presentado deberá tener impacto y en el que se realizará la actividad subvencionable.
- Realizar actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores, de los ámbitos de la sociedad de la información y las comunicaciones, logísticas (exceptuando transportes) y de las industrias creativas correspondientes a los sectores diseño industrial, audiovisual, videojuegos y moda, cuya Actividad Económica esté recogida dentro del listado de IAEs promocionables por el programa y disponible en la web de SPRI www.spri.eus Este factor será valorado conforme al certificado de situación de alta en el correspondiente Impuesto de Actividades Económicas de la empresa solicitante y de acuerdo al mencionado listado de IAEs.
- Adicionalmente, en el caso de proyectos presentados a la línea Innobideak Kudeabide, deben disponer del correspondiente Plan de Choque, de Continuidad del Negocio o de Relanzamiento, de un Informe de Contraste Inicial de Gestión Avanzada elaborado por Euskalit o de un Diagnóstico de Gestión en el que quede debidamente encuadrado y justificado el proyecto solicitado.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
LÍNEA DE PROGRAMA | ||
Proyectos individuales | Proyectos en colaboración | |
Innobideak Lehiabide | 50% de los gastos elegibles. Límite: 50.000 euros por proyecto | 60% de los gastos elegibles Límites: 35.000 euros por empresa 100.000 euros por proyecto |
Innobideak Kudeabide | 60% de los gastos elegibles Límites: 35.000 euros por 25.000 euros por proyecto | No aplica |
Innobideak Pertsonak | 50% de los gastos elegibles. Límite: 50.000 euros por proyecto | No aplica |
GASTOS FINANCIABLES
- Para las tres líneas Innobideak, gastos de contratación de empresas externas expertas en el ámbito del proyecto presentado y efectivamente involucradas en la ejecución del mismo.
- Adicionalmente, en el caso de las líneas Innobideak Lehiabide e Innobideak Pertsonak gastos de personal (salario bruto, antes de impuestos, y las cotizaciones sociales obligatorias por ley) perteneciente a la plantilla de la empresa solicitante directamente involucrado en la ejecución del proyecto. El gasto elegible por este concepto no podrá superar el 30% de los gastos admitidos en el apartado anterior.
- En el caso de Innobideak Lehiabide, adicionalmente, los gastos de gestión y tasas de registro correspondientes a la contratación de empresas externas expertas en la presentación y tramitación de solicitudes de patente europea, internacional, solicitudes de patente o modelo de utilidad nacional en el extranjero, de solicitudes de marca europea, internacional o nacional en el extranjero o de diseño comunitario, internacional o nacional en el extranjero siempre y cuando se deriven de la ejecución de proyectos sujetos a financiación en el marco de esta convocatoria del programa, conforme a la tipología de acciones subvencionables en el Artículo 5 de esta norma para la línea Innobideak Lehiabide.
- Asimismo, en los proyectos en cooperación, gastos de contratación de Agentes de carácter sectorial, empresarial o territorial, relativos exclusivamente a las tareas de dinamización, coordinación y tramitación del proyecto.
La ejecución de las actuaciones subvencionables deberá comenzar con posterioridad a la presentación electrónica de la Solicitud de Ayuda, dentro del año natural de la convocatoria, así como implantarse en un plazo máximo de doce meses contados a partir de la fecha de inicio del proyecto declarada en la solicitud inicial de la ayuda y, en cualquier caso, estar concluido antes del 15 de octubre de 2021.