CONVOCATORIA: Fomento de la I+D+i: programas 2, 3 y 6 |
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 02/08/2021 hasta 10/12/2021 |
ENTIDAD CONVOCANTE: Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja |
OBJETIVO: Las ayudas que se contemplan en la presente convocatoria tienen como finalidad incentivar:
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BENEFICIARIO
Empresas y organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
- Para los gastos de realización de “Proyectos de investigación y desarrollo, I+D”, la ayuda será, de forma general del 20% para proyectos de desarrollo experimental y del 40% para proyectos de investigación industrial, salvo para las pequeñas empresas y las AEIs (Agrupaciones de Empresas Innovadoras) con una plantilla inferior a 10 empleados según el último impuesto de sociedades presentado, que será del 25% y del 45% respectivamente.
- Para los “nuevos elementos activos productivos materiales e inmateriales necesarios” para la fabricación o la producción del nuevo producto, servicio o proceso desarrollado la ayuda será del 10%. En cualquier caso, los costes o gasto máximo subvencionable se limitan a 400.000 euros.
- Para los gastos de realización de “Proyectos de innovación en materia de procesos y/o organización” la ayuda será, de forma general del 20% para las pymes y del 10% para las grandes empresas, salvo para las pequeñas empresas con una plantilla inferior a 10 empleados según el último impuesto de sociedades presentado, que será del 25%. A los tipos descritos serán además de aplicación diversas primas.
- Para los “nuevos elementos activos productivos materiales e inmateriales necesarios” para la puesta en marcha del nuevo proceso o sistema organizativo la ayuda será del 10%. En cualquier caso, los costes o gasto máximo subvencionable se limitan a 400.000 euros.
- Para la “contratación de investigadores y tecnólogos” para el desarrollo de proyectos o tareas de I+D+i la ayuda será del 50%, sujeto a la norma de mínimis. En cualquier caso, los costes o gasto máximo subvencionable se limitan a 60.000,00 euros anuales por técnico contratado.
- Los proyectos declarados de interés estratégico para La Rioja por el Consejo de Gobierno obtendrán el 100% del coste subvencionable en el caso de ayudas acogidas al régimen de minimis, con el límite máximo que corresponda.
GASTOS FINANCIABLES
Los costes de personal propio (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), el coste de nuevo instrumental y equipo de laboratorio, los materiales (fungibles o no), las colaboraciones externas necesarias, los costes indirectos.
La adquisición de aquellos nuevos activos productivos necesarios para la fabricación o la producción del nuevo producto, servicio o proceso desarrollado.